domingo, 13 de abril de 2008

Registro de Diseños Industriales en la República Dominicana



PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE REGISTRO DE DISEÑOS INDUSTRIALES EN LA REPÚBLICA DOMINICANA :

El derecho exclusivo de explotación sobre un diseño industrial (modelo o dibujo industrial) se obtiene con su registro ante la autoridad administrativa competente. Si se pretende tener derechos exclusivos de explotación sobre un diseño industrial que nos confiera ventajas competitivas sobre la competencia colocando productos portadores de aspectos estéticos y ornamentales novedosos . La autoridad administrativa una vez examinada la solicitud le conferirá un registro de Diseño Industrial por un plazo de cinco años, prorrogable por hasta dos periodos de igual duración.

- INSCRIPCIÓN DE CONTRATOS Y LICENCIAS DE USO DE DiseñoS INDUSTRIALES EN LA REPÚBLICA DOMINICANA :Si su estrategia de penetración de mercados consiste en permitir que terceros utilicen sus Diseños Industriales, usted podrá solicitar la inscripción de dichas licencias de uso ante la autoridad administrativa competente para que surta efectos legales ante terceros. Para ello no solo podemos asesorarlo en la redacción del contrato de licencia respectivo sino que nos encargamos de instar a la autoridad administrativa para que inscriba y reconozca dicha licencia de uso.

- PRESENTACIÓN DE RECURSOS LEGALES:Defendiendo los intereses de nuestros clientes nos hemos especializado en la presentación de oposiciones, nulidades, caducidad o cancelación de registros y acciones legales destinadas a perseguir actos de competencia desleal que permitan a nuestros clientes un disfrute pacífico de sus derechos.



PROCEDIMIENTO PARA REGISTRAR UN DISEÑOS INDUSTRIALES EN LA REPÚBLICA DOMINICANA:

1. PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE DISEÑOS INDUSTRIALES ANTE LA OFICINA NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL (ONAPI):Mediante este paso se inicia el proceso del registro, la documentación que se debe presentar consiste en el petitorio donde debe aparecer reflejado el titulo del diseño industrial, la identificación del solicitante y el diseñador, la carta de cesión de los derechos del diseñador a favor del solicictante y la identificación del representante o apoderado. Se debe presentar una descripción del Diseño, pudiendo presentarse dentro de una misma solicitud variantes de un mismo diseño.




2. PAGO DE LA PUBLICACION DE LA SOLCITUD DE REGISTRO DE DISEÑOS INDUSTRIALES EN LA REPÚBLICA DOMINICANA: Una vez que la OFICINA NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL (ONAPI) realiza el examen de forma a la solicitud de registro y comprueba que la misma cumple con los requisitos exigidos por la ley emite un comunicado para que se efectue el pago de la solicitud de registro, dejando abierto el plazo para la Presentación de observaciones por parte de terceros interesados.

3. SOLICITUD DE EXAMEN DE DISEÑOS INDUSTRIALES EN LA REPÚBLICA DOMINICANA: Una vez vencido el plazo para la presentación de observaciones la OFICINA NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL (ONAPI) mediante este paso insta a que sea realizado el pago para el examen de fondo, todo lo cual debe ir acompañado del correspondiente comprobante de pago.

4. EMISIÓN Y OBTENCIÓN DEL TITULO DE DISEÑOS INDUSTRIALES EN LA REPÚBLICA DOMINICANA: Una vez efectuado el examen de fondo a la solicitud y si este es positivo la OFICINA NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL (ONAPI), emite el respectivo título de propiedad sobre el diseño industrial, el cual tiene una duración de 5 años contado a partir de la fecha de solicitud, el cual puede ser renovado hasta dos periodos de igual duracióon.

DOCUMENTOS QUE SE NECESITAN PARA EL REGISTRO DE DISEÑOS INDUSTRIALES EN LA REPÚBLICA DOMINICANA:

1. Descripción del diseño.
2. Poder notarizado y debidamente legalizado en el Consulado de la República Dominicana en su país.
3. Copia de la solicitud presentada en el país de origen de la patente cuya prioridad se reivindica.
4. Carta de cesión de los diseñadores en el caso de no coincidir la persona del solicitante con la del diseñador debidamente legalizada ante el consulado de la República Dominicana.





Registro de Patentes, Modelos de Utilidad y Esquemas de Trazado de Circuitos Integrados en la República Dominicana:

- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE REGISTRO DE PATENTES EN LA REPÚBLICA DOMINICANA:El derecho exclusivo de explotación sobre una solución a un problema de la técnica se obtiene con su registro ante la autoridad administrativa competente. Si se pretende tener derechos exclusivos de explotación sobre una invención que nos confiera ventajas competitivas sobre la competencia colocando productos novedosos en el mercado se debe proceder con su registro. La autoridad administrativa una vez examinada la solicitud de registro le conferirá una patente sobre el invento en cuestión por un plazo de veinte años.

- INSCRPCIÓN DE CONTRATOS Y LICENCIAS DE USO DE PATENTES EN LA REPÚBLICA DOMINICANA:Si su estrategia de penetración de mercados consiste en permitir que terceros utilicen sus patentes, usted podrá solicitar la Inscripción de dichas licencias de uso ante la autoridad administrativa competente para que surta efectos legales ante terceros. Para ello no solo podemos asesorarlo en la redacción del contrato de licencia respectivo sino que nos encargamos de instar a la autoridad administrativa para que inscriba y reconozca dicha licencia de uso.

- PAGOS DE ANUALIDADES PARA EL MANTENIMIENTO DE LOS DERECHOS DE PATENTES EN LA REPÚBLICA DOMINICANA:Mantener vigente los derechos exclusivos sobre una patente lleva implícito el pago de anualidades a la autoridad administrativa competente. Nos encargamos de realizar oportunamente los pagos correspondientes a la vigencia de las patentes que permitan el disfrute de los derechos intelectuales de nuestros clientes.



- PRESENTACIÓN DE RECURSOS LEGALES: hay que presentar oposiciones, nulidades, caducidad o cancelación de registros y acciones legales destinadas a perseguir actos de competencia desleal que permitan el disfrute pacífico de sus derechos de patentes.



PROCEDIMIENTO PARA REGISTRAR UNA PATENTE EN LA REPÚBLICA DOMINICANA:

1. PRESENTACÓN DE LA SOLICITUD DE REGISTRO DE PATENTE ANTE LA OFICINA NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL (ONAPI) Y PAGO DE LA TASA DE MANTENIMIENTO DE LA PRIMERA ANUALIDAD: Mediante este paso se inicia el proceso del registro, la documentación que se debe presentar consiste en el petitorio donde debe aparecer reflejado el titulo de la invención, la identificación del solicitante y el inventor y la identificación del representante o apoderado. Se debe presentar una descripción, el resumen, las reivindicaciones, los planos dibujos, copia de la solicitud de la patente si esta fue presentada en el exterior, y el comprobante de pago de la tasa de Presentación así como de la primera anualidad.


2. PAGO DE LA PUBLICACION DE LA SOLCITUD DE REGISTRO DE PATENTE EN LA REPÚBLICA DOMINICANA: Una vez que la OFICINA NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL (ONAPI) realiza el examen de forma a la solicitud de registro y comprueba que la misma cumple con los requisitos exigidos por la ley emite un comunicado para que se efectue el pago de la solicitud de registro, dejando abierto el plazo para la rePresentación de observaciones por parte de terceros interesados.

3. SOLICITUD DE EXAMEN DE LA PATENTE EN LA REPÚBLICA DOMINICANA: Una vez vencido el plazo para la presentación de observaciones la OFICINA NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL (ONAPI) mediante este paso insta a que sea realizado el pago para el examen de los requisitos positivos de patentabilidad: novedad mundial, actividad inventiva y aplicabilidad industrial, todo lo cual debe ir acompañado del correspondiente comprobante de pago.

4. EMISIÓN Y OBTENCIÓN DEL TITULO DE PATENTE EN LA REPÚBLICA DOMINICANA: Una vez efectuado el examen de fondo a la solicitud y si este es positivo la OFICINA NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL (ONAPI), emite el respectivo título de propiedad sobre la invención, el cual tiene una duración de 20 años contado a partir de la fecha de solicitud.



5. PAGOS DE LA TASAS DE MANTENIMIENTOS DE DERECHO DE PATENTE EN LA REPÚBLICA DOMINICANA: Durante los 20 años de vigencia de la patente el titular deberá efectuar pagos periódicos para el mantenimiento de la vigencia de sus derechos, en caso contrario se declara la caducidad de la patente y se pierden los derechos sobre la misma.

DOCUMENTOS QUE SE NECESITAN PARA EL REGISTRO DE UNA PATENTE EN LA REPÚBLICA DOMINICANA:

1. Descripción, reivindicaciones, resumen, dibujos y descripción de los dibujos.
2. Poder notarizado y debidamente legalizado en el Consulado de la República Dominicana en su país.
3. Copia de la solicitud presentada en el país de origen de la patente cuya prioridad se reivindica.
4. Carta de cesión de los derechos del inventores a favor del solicitante, en el caso de no coincidir la persona del solicitante con la del inventor, debidamente legalizada ante el consulado de la República Dominicana.


Registro de Marcas en República Dominicana:

- BÚSQUEDAS DE ANTECEDENTES DE MARCAS EN LA REPÚBLICA DOMINICANA: A la hora de pretender el registro de una marca resulta importante conocer si el signo que la compone pertenece a un tercero que con anterioridad procedió con su registro. Con la realización de una búsqueda de antecedentes se puede conocer si el signo pertenece a terceros o si se encuentra libre para ser registrado y en todo caso trazar la estrategia de protección más adecuada. Nuestro equipo no solo efectúa la solicitud de búsqueda de antecedentes sino que emite sus criterios técnicos sobre la estrategia de protección a seguir y la factivilidad de proceder con el registro de la marca.


- SOLICITUDES DE REGISTRO DE MARCAS EN LA REPÚBLICA DOMINICANA: El derecho exclusivo de utilización de una marca se obtiene con su registro ante la autoridad administrativa competente, de ahí la importancia de proceder con el registro si se pretende poseer un derecho exclusivo de explotación sobre una marca que le permita colocar en el mercado sus productos y servicios para de este modo poder diferenciarlos de los que se dedican al mismo giro empresarial. Nuestro equipo de abogados y consultores no solo se encarga de proteger su cartera de marcas, sino de vigilar que no sea violada durante todo su período de vigencia.

- SOLICITUDES DE RENOVACIÓN DE MARCAS EN LA REPÚBLICA DOMINICANA: Una vez registrada la marca se goza de un período de explotación de diez años. Sin embargo una vez vencido dicho plazo se puede renovar el registro de la marca por períodos sucesivos de diez años. De no procederse en el momento oportuno a la solicitud de la renovación del registro se perderían los derechos sobre la marca y esta podría ser apropiada por la competencia. Nuestros abogados y consultores se ocupan de la renovación oportuna de sus derechos de marcas de modo que le permitan disfrutar de los mismos de un modo indefinido.


- MANTENIMIENTO Y VIGILANCIA DE MARCAS EN LA REPÚBLICA DOMINICANA: La experiencia acumulada durante años nos convierten en el aliado perfecto si de la protección de su cartera de marcas se trata. Usted solo requiere confiarnos su cartera de marcas y nosotros nos encargaremos de evitar que terceros pretendan apropiarse de sus signos distintivos o intenten registrar otros signos similares que pudiesen confundir al consumidor o beneficiarse de la imagen o reputación de sus marcas.

-INSCRIPCIÓN DE CONTRATOS Y LICENCIAS DE USO DE MARCAS EN LA REPÚBLICA DOMINICANA:Si su estrategia de penetración de mercados consiste en permitir que terceros utilicen sus marcas, podrá solicitar la inscripción de dichas licencia de uso ante la autoridad administrativa competente para que surta efectos legales ante terceros. Para ello no solo podemos asesorarlo en la redacción del contrato de licencia de sus marcas sino que nos encargamos de instar a la autoridad administrativa para que inscriba y reconozca dicha licencia de uso.



-PRESENTACIÓN DE RECURSOS LEGALES SOBRE MARCAS EN LA REPÚBLICA DOMINICANA: efendiendo los intereses de nuestros clientes nos hemos especializado en la presentación de oposiciones, nulidades, caducidad o cancelación de registros y acciones legales destinadas a perseguir actos de competencia desleal que permitan a nuestros clientes un disfrute adecuado de sus derechos de marcas.

PROCEDIMIENTO PARA REGISTRAR UNA MARCA EN REPÚBLICA DOMINCANA:

1.- ESTUDIO DE FACTIBILIDAD O BUSQUEDA DE ANTERIORIDAD DE LA MARCA EN LA REPÚBLICA DOMINICANA:Realizamos una búsqueda de la marca solicitada en la base de datos de la Oficina Nacional de Propiedad Industrial (ONPI), para constatar si existen marcas idénticas o similares registradas en la República Dominicana. Con los resultados de esta búsqueda emitimos un informe sobre los mismos y nuestro criterio profesional al respecto.



2.- SOLICITUD DE REGISTRO DE LA MARCA EN LA REPÚBLICA DOMINICANA: De ser satisfactoria la búsqueda y el estudio emitido procedemos a presentar la solicitud de registro ante la Oficina Nacional de Propiedad Industrial (ONPI), con las formalidades legales pertinentes: formulario de solicitud de registro con todas las características de las marcas y fundamentalmente el Poder de Abogado debidamente notarizado y legalizado en el Consulado de la República Dominicana en su país.

3. PUBLICACIÓN DE LA SOLICITUD DE REGISTRO: Una vez realizado el examen de forma y de fondo la OFICINA NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (ONAPI) ordena la publicación de la solicitud para que terceros interesados presenten oposiciones.

4.- EMISIÓN DE TÍTULO DE PROPIEDAD DE LA MARCA EN LA REPÚBLICA DOMINICANA: Una vez que el trámite siga su curso (publicación de solicitud en la Gaceta, oposiciones, se nos notifica con la aceptación de la marca y emisión de título respectivo el cual hacemos llegar al cliente.


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